Documento: Resolución 2505 de 2004
Expedida por: Ministerio de Transporte
Fecha de Expedición: 6 de septiembre de 2004
Medio de Publicación: Diario Oficial No. 45.663, de 6 de septiembre de 2004
La Resolución 2505 de 2004 del Ministerio de Transporte de Colombia, publicada el 6 de septiembre de 2004, establece las reglas para el transporte de carne, pescado y otros alimentos que se dañan fácilmente. Según esta resolución, los conductores que transporten estos alimentos en vehículos que no cumplan con las condiciones requeridas serán multados y se les suspenderá la licencia de conducción.
La resolución deroga completamente la Resolución 555 de marzo de 2004, porque algunos productos considerados como alimentos corruptibles no necesitan las mismas condiciones de transporte. Esto se debe a que estos productos tienen un control de calidad estricto en su producción y empaque, lo que les permite ser transportados a temperatura ambiente sin riesgo para los consumidores.
La resolución establece que los vehículos que transporten carne, pescado u otros alimentos corruptibles deben cumplir ciertos requisitos. Estos requisitos incluyen que el interior del vehículo sea hermético, con materiales resistentes a la corrosión y fáciles de limpiar. Además, la unidad de transporte debe tener aislamiento térmico para reducir la absorción de calor y las puertas deben ser herméticas para mantener la carga aislada del exterior.
También se requiere que las unidades de transporte cuenten con sistemas de monitoreo de temperatura para garantizar que se cumplan las condiciones de transporte adecuadas. Las autoridades de transporte y tránsito son responsables de verificar el cumplimiento de estas regulaciones, con el apoyo de las autoridades sanitarias cuando sea necesario.
En resumen, la Resolución 2505 de 2004 establece las condiciones que deben cumplir los vehículos que transportan carne, pescado y alimentos fácilmente corruptibles en Colombia. Estas regulaciones tienen como objetivo garantizar la seguridad de los alimentos durante su transporte.